FIEL y la regulación de los servicios públicos en las últimas décadas: ¿privatización o estatización?

Foto de Martin Krause

Miembro del Consejo Académico de Libertad y Progreso.Doctor en Administración por la Universidad Católica de La Plata y Profesor Titular de Economía de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UBA. Sus investigaciones han sido recogidas internacionalmente y ha publicado libros y artículos científicos y de divulgación. Se ha desempeñado como Rector de ESEADE y como consultor para la University of Manchester, Konrad Adenauer Stiftung, OEA, BID y G7Group, Inc. Ha recibido premios y becas, entre las que se destacan la Eisenhower Exchange Fellowship y el Freedom Project de la John Templeton Foundation.

Se ha dado a conocer en estos días, el que debe ser el estudio más profundo y comprehensivo sobre el estado de los servicios públicos en la Argentina. Es una publicación de FIEL  y su autor es Santiago Urbiztondo, seguramente el economista argentino con más conocimiento sobre esta área específica. El título del trabajo es “La regulación de los servicios públicos en Argentina, 2003-2015: Lógica y balance de tres períodos presidenciales bajo un mismo signo político”. El documento aparece comentado en el Boletín de FIEL, donde hay también un link para acceder a él: http://www.fiel.org/publicaciones/FIEL_NEWS/FIEL_NEWS_1457643014018.pdf

Ahora bien, más que el análisis puntual de lo ocurrido, me interesaría discutir sus fundamentos. Comienza la introducción con este párrafo:

“La historia económica argentina reciente está caracterizada por la aplicación de criterios regulatorios contradictorios a lo largo del tiempo, que han ganado adeptos en dos categorías relativamente extremas en relación a cuál es la forma en que el Estado debe intervenir en el funcionamiento del proceso económico. Las opciones del Estado omnisciente (interventor) y el Estado ausente (“laissez faire”) han contado con distinto grado de apoyo en distintos contextos históricos –económicos, políticos y culturales–, típicamente en base a argumentos superficiales o primordialmente ideológicos. Sin embargo, el análisis económico marca claramente que el debate en torno a cómo puede y debe intervenir el Estado en la economía es central para adoptar una posición más o menos cercana a alguno de esos extremos, y que ésta no tiene porqué ser la misma en distintos ámbitos o aplicaciones: la consistencia en el análisis económico no necesariamente conduce a recomendar la privatización o la estatización de todas las empresas de servicios públicos en cualquier circunstancia, sino –casi seguramente– a adaptar la recomendación al contexto específico en que se vaya a aplicar; puede que lo más apropiado sea privatizar, o por el contrario estatizar, una misma empresa o servicio en distintas circunstancias históricas, puede ser conveniente privatizar una empresa y estatizar otra en un mismo contexto histórico, etc.”

Hay muchas cosas que algunos querrán discutir, tales como si hubo alguna instancia de “Estado ausente” en los 90s y si se puede caracterizar esos años como de ‘laissez faire’’. No es lo que más me interesa sino la mención a que el problema que plantea la provisión de servicios públicos sería meramente “contingente”; esto es, sujeto a las circunstancias de tiempo y lugar, las que podrían indicar una cosa en un momento, y otra cosa en otro.

En el fondo, este argumento implica que la teoría económica no tiene nada que decir, o tiene poco. Siendo que las circunstancias son determinantes, en realidad todo el análisis termina siendo histórico. Esto recuerda el debate de Carl Menger con los historicistas alemanes, quienes presentaban un punto similar y despreciaban la teoría.

Sin embargo, esto no es así en este caso. El trabajo presenta una teoría, ya que no habría otra forma de interpretar la realidad que a la luz de ella y hace énfasis en la claridad de los contratos que guíen la conducta de empresarios, en el sector privado, o funcionarios, en el público. El punto que voy a presentar aquí es que esa teoría está incompleta, y que, de completarse, puede resolver el tema del primer párrafo, determinando teóricamente la superioridad de un arreglo institucional (el mercado libre) sobre otro (el mercado regulado).

Al respecto dice:

“En tal sentido, si bien la cuestión sobre la provisión pública o privada de servicios públicos de infraestructura (energía, transporte público, saneamiento, telecomunicaciones) ha motivado fuertes debates académicos y políticos en los países occidentales, la discusión dicotómica generalizada es inevitablemente superficial y errónea. Tanto bajo la provisión pública como la provisión privada de servicios públicos, siempre intervienen seres humanos –agentes económicos privados por definición al ser individuos libres– que están sujetos a contratos de distinta naturaleza que moldean sus incentivos y provocan distintas conductas y por ende distintos resultados. Por lo tanto, es en el análisis de esos contratos e incentivos donde debe juzgarse la calidad de cada modelo específico, llámense de provisión pública o de provisión privada. En esta materia, los fracasos de la provisión privada no dejan de ser fracasos del Estado, de igual forma que los fracasos del Estado no dejan de ser  responsabilidad de toda la ciudadanía, y en particular de los agentes económicos (privados) intervinientes.”

Pero no es solamente en los contratos e incentivos con lo que debemos juzgar la calidad de cada modelo. Además de eso hay que considerar la generación y uso de conocimiento. Este es un tema que se planteó por primera en el debate sobre el cálculo económico en el socialismo y que luego desarrollara Hayek en su famoso artículo “El uso del conocimiento en la sociedad”.

En esencia, el problema del planificador, y del regulador de servicios públicos, además de los incentivos es la falta de información y conocimiento, ante la inexistencia de precios. Ante tales circunstancias (habría que desarrollar este tema mucho más, pero no hay espacio aquí), el mercado genera y utiliza mucho más el conocimiento que se encuentra disperso entre todos los participantes en el mercado, conocimiento que es, sobre todo, de las circunstancias de ‘tiempo y lugar’, que no pueden transmitirse formalmente. Mientras tanto, el regulador sólo cuenta con conocimiento de tipo ‘técnico’, pero alejado de las preferencias de los dueños de los recursos y de los consumidores. Esto, y no es ideología, es lo que permite afirmar la superioridad de la asignación de recursos a través del mercado por sobre la asignación vía regulación.

 

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