Ph.D. en Economía en la Universidad de Chicago. Rector de la Universidad del CEMA. Miembro de la Academia Nacional de Educación. Consejero Académico de Libertad y Progreso.
Hace pocos días, el presidente Mauricio Macri anunció un proyecto de ley de mecenazgo cultural. Según la agencia Télam, “lo que se busca con este tipo de leyes es poder inaugurar una vía directa y transparente de financiación de proyectos culturales de interés social a través de aportes de empresas privadas, que se desgravarían de sus respectivos aportes fiscales”.
El ministro de cultura Pablo Avelluto estimó que el programa podría acrecentar la inversión cultural en dos mil millones de pesos anuales, lo cual, de repetirse anualmente, “en (…) poco tiempo impactaría sobre la formación de artistas, en el mercado del teatro, los colectivos de danza, el mantenimiento de monumentos y sitios históricos, la modernización de museos y otros aspectos que hoy están buscando financiamiento”.
Es claro que el proyecto habrá de tener un impacto social notable; sin embargo, frente a la realidad educativa que enfrenta la Argentina, es lícito preguntarnos por qué no evaluar una legislación de mecenazgo educativo dotado de una lógica similar, dirigido a aquellos niños que menos tienen y más lo necesitan. ¿Por qué no generar incentivos fiscales que faciliten el funcionamiento de escuelas privadas de excelencia, gratuitas, religiosas o laicas, en zonas profundamente carenciadas?
En Uruguay existe una legislación de dichas características. La misma permite el funcionamiento de escuelas como el liceo de la Iglesia Católica Jubilar y el liceo laico Impulso. Ambos, centros educativos gratuitos de gestión privada que se financian con aportes de empresas o particulares, no reciben ninguna subvención del Estado y brindan educación secundaria a adolescentes que viven por debajo de la línea de pobreza, alcanzando rendimientos académicos comparables con las mejores escuelas del país.
A modo de anécdota, el principal diario de Montevideo, El País, señala que “uno de los primeros aportantes del Liceo Jubilar fue el Papa Francisco, cuando era cardenal y arzobispo de Buenos Aires”. Para muestra alcanza un botón. El 23 de febrero de 2015 El País publicó una nota en la cual resaltó que en el Liceo Jubilar la repetición alcanzó el 6%. Por su parte, en el liceo público número 73 del mismo barrio repitieron el 42,58 % de los alumnos. Similarmente, el pasado 16 de agosto, el diputado Mario García señaló en la sesión parlamentaria, al referirse a los logros del liceo Impulso, que el porcentaje de repetición asciende sólo al 3% y de abandono al 2%, cuando en los centros de enseñanza de contexto crítico es frecuente que estos porcentajes alcancen el 45%.
Por ello propongo evaluar una legislación similar a la vigente en el país hermano. El artículo 78 de la Ley 18.083/2006 y su modificación, el artículo 269 de la Ley 18.834/2011, establecen: “Las donaciones que las empresas contribuyentes del Impuesto a las Rentas e Impuesto al Patrimonio realicen a las entidades que se indican en el artículo siguiente (ej. instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria o secundaria que atiendan a las poblaciones más carenciadas) gozarán del siguiente beneficio: El 75% de las sumas se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados. El 25% restante podrá ser imputado a los efectos fiscales como gasto de la empresa”. La ley de mecenazgo cultural es un paso adelante en pos de una mejor Argentina. Una ley de mecenazgo educativo constituiría su lógico complemento y una explícita declaración de la férrea voluntad del presidente Macri de llevar a cabo una verdadera revolución educativa.