Opinión de Roberto Durrieu, Consejero Académico de LyP, en una Nota de la Nación – leer completa….
Similitudes y diferencias
“Mediante ley 27.319 de noviembre 2016, se incorpora en la Argentina la figura del “informante” que tiene algunas similitudes con la figura del “whistleblowing” de países del derecho anglosajón, tales como Estados Unidos o Inglaterra”, dice el abogado penalista Roberto Durrieu.”En cuanto a sus similitudes encontramos su definición, que consiste en la persona que en calidad de testigo y/o colaborador independiente de la justicia (no imputado, sino testigo) aporta información valiosa para dar, por ejemplo, con la “ganancia criminal” derivada de un delito de narcotráfico, trata o corrupción pública y/o privada”.
Entre las diferencias, el abogado consigna que “en la Argentina se establece un “premio” al colaborador informante de un 5% del total del dinero que se recupere por su cooperación, con un máximo en pesos de 2 millones. Con la inflación que existe en el país, estos montos parecen poco estimulantes”.
La segunda crítica, según Durrieu, tiene que ver con la debida confidencialidad de la identidad e información que aporte el llamado “informante”. “Los tribunales de nuestro país, y las fuerzas de seguridad, no se sabe hasta que punto están en condiciones de asegurar que no existan “filtraciones” de datos claves que pueda aportar el informante y que, en caso de ser dolosas, mal intencionadas o hasta incluso “mal manejadas” (dolo eventual) podría acarrear la comisión del delilto de violación de secretos del artículo 153 o 156 del código penal. La única excepción que pudiera existir a la necesidad de violar la información confidencial podría ser, por ejemplo, cuestiones de justa causa (ej., evitar un mal mayor) o cuando el titular de tal información confidencial decide, libremente, liberar dichos datos a terceros o hacerlos públicos. Pero incluso en este último caso también se podría decir que existe un límite y tiene que ver con el compromiso que asumió ante el Estado para mantener tal aporte en secreto a los fines de concretar un “debido avance en la investigación”.