Miembro del Consejo Académico de Libertad y Progreso.Doctor en Administración por la Universidad Católica de La Plata y Profesor Titular de Economía de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UBA. Sus investigaciones han sido recogidas internacionalmente y ha publicado libros y artículos científicos y de divulgación. Se ha desempeñado como Rector de ESEADE y como consultor para la University of Manchester, Konrad Adenauer Stiftung, OEA, BID y G7Group, Inc. Ha recibido premios y becas, entre las que se destacan la Eisenhower Exchange Fellowship y el Freedom Project de la John Templeton Foundation.
LA PRENSA – La Sindicatura General de la Nación es “el órgano rector del sistema de control interno que coordina actividades orientadas a lograr que la gestión del sector público nacional alcance los objetivos de gobierno”.
Acaba de descubrir la pólvora, esto es, que los controles de precios, en tanto y en cuanto funcionen, lo que consiguen es generar desabastecimiento. Así, en un informe que diera a conocer el 8 de Mayo afirma: “En el marco de la segunda fase del Control de Comercialización Online desarrollado sobre grandes cadenas de supermercados, la Sindicatura General de la Nación relevó faltantes superiores al 49 por ciento sobre una muestra de 234 productos incluidos en el Listado de Precios Máximos.” Continúa: “De este modo, y de acuerdo al primer relevamiento efectuado por Sigen hace dos semanas en la región del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la falta de stock se agrava y alcanza a más productos.”
Concluye el comunicado de la Sigen que el “Síndico General de la Nación Carlos Montero, lamentó “tener que volver a observar abusos que van en detrimento de toda la comunidad, con empresas que comercializan por encima de los precios máximos del Gobierno y, peor aún, ni siquiera reflejan existencia de muchos de estos productos”.
En verdad, lo que tendría que haber lamentado el Síndico General es que otras áreas de su gobierno implementen políticas destinadas al fracaso y a los resultados que precisamente ha descubierto.
Existen tres situaciones posibles en cuanto a la implementación de controles de precios.
La primera de ellas es que los precios establecidos sean superiores a los que se encuentran en el mercado. En este caso, la medida no tendría efecto económico, en tanto no hubiera una espiral inflacionaria que modificara esta situación en el futuro.
La segunda es que los precios fijados por resoluciones sean iguales a los que se pueden encontrar en el mercado, en cuyo caso no tendrían ningún efecto, ni tampoco ningún beneficio o daño, siempre con la misma salvedad respecto a la evolución futura de los precios.
La tercera, es que se fijen precios que se encuentran por debajo de los precios de mercado. Ésta, seguramente, sea la situación en que están pensando los dirigentes políticos, y ésta es, precisamente, la que genera los peores resultados, tales como los mencionados en el informe. Porque esos precios generan dos efectos, al menos: por un lado, aumentan la cantidad demandada de los productos, a precios más bajos la gente compra más y/o reemplaza productos sustitutos por estos que están controlados; por otro, restringe la cantidad ofrecida porque su producción no genera rentabilidad sino pérdidas.
El resultado inevitable es una brecha entre la cantidad ofrecida y la demanda que llamamos desabastecimiento.
Tenemos mucha experiencia en esto, ha sucedido con todos los controles de precios en nuestra historia. Y no solamente eso, en un interesante texto (que se puede conseguir porque no tiene un precio controlado), Robert Shuettinger y Eamonn Butler “4000 años de controles de precios y salarios” (varias ediciones, pero hay una de Barbarroja Ediciones en 2016), muestran el mismo resultado en todos los infructuosos intentos realizados en 40 siglos. Aquí ya sabemos que los productos cambian en sus cantidades, en su calidad, y si ninguna de esas cosas es posible, directamente desaparecen.
La resolución de la Secretaría de Comercio Interior que establece el control de precios (100/2020) considera que actúa en virtud del Artículo 42 de la Constitución Nacional, que dice: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.”
¿Será esta medida en protección de nuestros intereses económicos? Pero, ¿cómo podemos interpretar que protege nuestros intereses económicos si hace desaparecer a los productos que necesitamos de los comercios? Encuentran sobreprecios en los principales supermercados, pero tanto el desabastecimiento como los precios son mayores en pequeños supermercados o comercios.
La resolución también “intima” a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos…, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de la presente medida.”
Pero como esto no ha dado resultado lo que parece quedar por delante es aquello que Hayek llamaba “camino de servidumbre”, más controles, regulaciones, eventualmente expropiaciones o, finalmente, la cárcel para aquellos productores que no acaten las normas. O dar marcha atrás y dejar que los productores llenen las góndolas, y entender que quien aumenta los precios es el mismo gobierno emitiendo una moneda que pierde valor día a día. Y eliminar las barreras para una mayor competencia.
En definitiva, tal vez no corresponde decir que la Sigen descubrió la pólvora, dados los años de fracasos de estas políticas, más bien descubrió la rueda.