POR JOAQUÍN MORALES SOLÁ
La algarabía kirchnerista de ayer por la resolución de la Corte Suprema olvidó la sustancia de esa decisión: el tribunal le fijó un plazo al juez de primera instancia y no al Grupo Clarín. Sólo si ese juez no decidiera la cuestión de fondo antes del mes de diciembre el recurso de amparo (que le permite a Clarín no desinvertir rápidamente) caería. La decisión del juez de primera instancia sobre la cuestión de fondo será apelada en cualquier caso y, seguramente, otro recurso de amparo protegerá la propiedad hasta la resolución final de la Corte Suprema. La Justicia tiene, en casos como éste, tres instancias: el juez; la Cámara, que revisa o confirma la decisión del juez, y, por último, la Corte Suprema, que tiene siempre la última y definitiva palabra. El Grupo Clarín planteó un recurso de inconstitucionalidad sobre el artículo 161 de la nueva ley de medios. Respaldó la presentación, sobre todo, en que la ley tiene efectos retroactivos. Subrayó especialmente el hecho de que el Estado (y un mismo gobierno, conviene recalcarlo) ordenó el fin abrupto de licencias que el mismo Estado y el mismo gobierno habían concedido con anterioridad. Señaló que se habían vulnerado los derechos constitucionales a la propiedad privada y a la libertad de expresión.
Este es un caso que por su naturaleza (determinar la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de una decisión política) llegará inevitablemente a la Corte Suprema. La misión primordial de la Corte es, precisamente, la interpretación de la Constitución. Es muy probable, por lo tanto, que los recursos de amparo estén vigentes (si se cumplieran los plazos establecidos ayer por el máximo tribunal) hasta la decisión definitiva de la Corte. De otra manera, la Corte resolvería sobre una cuestión ya abstracta. Es lo que ocurriría, por ejemplo, si el Grupo Clarín se viera obligado a vender apresuradamente parte de su propiedad y la Corte decidiera luego que la medida que lo apuró es inconstitucional. La propiedad ya no existiría. La propia Corte advirtió ayer en su resolución que los plazos podrán ser prorrogados de acuerdo con los tiempos procesales.
Está claro que la Corte fijó ayer un plazo de tres años para las medidas cautelares. Para todas, no sólo para la que protege la propiedad de medios audiovisuales de Clarín.
Se entiende, de todos modos, que ese plazo deberá regir para cada instancia en que se decida una cuestión. “Decidimos por un término medio; entre el Gobierno, que quería que cayera ya la medida cautelar, y Clarín, que quería extender sin límites la protección sobre su propiedad”, dijo ayer uno de los jueces del tribunal. En rigor, varios de los miembros de la Corte habían estado trabajando sobre la idea de darles dos años de plazo a las medidas cautelares. Lo extendieron a tres cuando advirtieron que hubieran dejado al juez de primera instancia en este caso con los plazos vencidos.
De todos modos, la Corte sí le hizo pagar a Clarín la demora de un año entre la decisión de la medida cautelar, en 2009, y la notificación al Gobierno, en 2010. Puso como fecha de inicio 2009 y, por eso, el período “razonable” de tres años vencerá el próximo mes de diciembre. El actor más activo en aquella dilación entre 2009 y 2010 fue el propio Gobierno, que trató de invalidar el proceso con varios planteamientos. ¿Por qué? Seguramente imaginaba que difícilmente la Justicia declarará la constitucionalidad de una ley que tiene efectos retroactivos. Por lo general, las leyes regulan hacia adelante y no hacia atrás, sobre todo cuando se trata de la propiedad de medios de comunicación.
Una idea de la Corte se torna más inexplicable cuando abarca este punto. El máximo tribunal ha dicho que las medidas cautelares no pueden durar indefinidamente porque esas decisiones, circunstanciales por definición, terminarían convirtiéndose en permanentes. Tiene razón. Pero ¿qué bien irreparable se habría dañado si se hubiera respetado el plazo de tres años a partir de las dilaciones promovidas por el propio Gobierno? ¿Qué daño se habría perpetrado con llevar el plazo a diciembre de 2013; es decir, a partir de la notificación en 2010?
EXPRESIÓN
En un largo párrafo, la Corte señaló que estaba resolviendo una cuestión patrimonial, sin relación con la libertad de expresión. Recordó también que el tribunal ha sido muy estricto en la defensa de esa libertad esencial de la democracia. Esto es cierto, pero es menos cierto que el caso que afecta al Grupo Clarín no esté vinculado con la libertad de expresión. De hecho, ése es el único grupo de medios audiovisuales que se financia con la comunicación. El resto de los conglomerados audiovisuales pertenece a empresas que tienen su principal facturación en actividades como contratistas del Estado, como petroleros o como prestadores de servicios públicos.
La Corte pecaría de ingenuidad si no advirtiera, al mismo tiempo, que hay una desigualdad de trato por parte del Gobierno cuando decide sobre Clarín y cuando lo hace sobre otros grupos de medios. La mayoría de éstos incumplen hasta ahora la ley de medios y nadie los ha demando ni los ha perseguido. El propio artículo 161, sobre desinversión, está congelado sólo para Clarín, que es el que lo impugnó.
El amparo no rige para los otros grupos, que deberían haber desinvertido hace ya dos años y medio, pero ningún funcionario se molestó por ello. El problema es, entonces, con el Grupo Clarín, no con las supuestas bondades de la ley de medios ni con la interpretación de los plazos procesales.
Estas son las constataciones prácticas que permiten aseverar que detrás del expediente que trató ayer la Corte se esconde un debate sobre la libertad de expresión.
“Hay una guerra, y en la guerra todo se agranda”, conjeturó otro juez de la Corte. Nadie puede negar la existencia de una guerra descerrajada por el Gobierno contra el periodismo independiente. El Gobierno, a su vez, entiende que la prensa le declaró una guerra, porque no comprende (y es probable que no lo comprenda nunca) que la crítica es la razón de existir del periodismo.
La ley de medios surgió como una batalla crucial del gobierno contra el Grupo Clarín. El objetivo claro del combate es la desarticulación económica de ese conglomerado de medios. La decisión de la Corte avanzó sobre el tema sin tener en cuenta, tal vez, el contexto político ni una historia de agresiones ni las amenazas latentes que existen. No es sólo Clarín. La Justicia y la propia Corte Suprema están en estas horas en el interminable catálogo de los enemigos del kirchnerismo.