Doctor en economía, profesor del CEMA, consultor de bancos y empresas.
NotiAr La Argentina requiere una completa reconstrucción, desde sus cimientos, de las instituciones que la llevaron a ser uno de los países más prósperos del mundo.
Esa reedificación se corporiza en reformas estructurales que devuelvan poder al ciudadano: drástica simplificación del aparato normativo, modernización laboral, reelaboración integral del estado que acabe con la discrecionalidad de los gobernantes pero lo fortalezca en sus funciones indelegables, y completa reformulación del sistema de ingresos públicos.
No se trata de modificar, remendar o ajustar. Reformar es reedificar por completo; una reformulación de pies a cabeza.
El respeto estricto de los derechos y garantías individuales y del régimen federal de gobierno es la premisa esencial de tales reformas. Esos preceptos constitucionales consagran el respeto a la persona y su intimidad, la igualdad ante la ley, la inviolabilidad de la correspondencia y de la propiedad privada, y la libertad de industria y comercio. Aseguran la presunción de inocencia y la debida defensa en juicio. Y prohíben expresamente la fijación de gravámenes confiscatorios. Sólo bajo estas premisas quedan garantizados los principios del derecho tributario: equidad, gravamen único (no doble tributación), proporcionalidad, racionalidad, transparencia, y eficiencia.
La estabilidad normativa es también esencial: el cambio permanente de alícuotas y regímenes de liquidación vuelve ilusorias las garantías constitucionales. Ninguna urgencia fiscal ni pretensión redistributiva o de eficacia recaudatoria debe poder rozarlas. Pero la normativa tributaria y penal-tributaria actual las viola abiertamente.
Los pilares fundamentales
Un sistema tributario eficaz y respetuoso de la Constitución debe apoyarse en cuatro pilares fundamentales: correspondencia fiscal, (ultra) simplificación, universalización y transaccionalización. Acá nos ocuparemos de los últimos tres.
Simplificación
Implica pocos impuestos, pocas normas, claras y escuetas, regímenes únicos, liquidación sencilla.
Todos los contribuyentes —grandes y pequeños— deben poder entender las normas sin el auxilio de expertos, gracias a normas compactas, sencillas, precisas, redactadas sin ambigüedades ni redundancias, sin superposiciones ni contradicciones, de fácil cumplimiento, objetivamente verificable. Un sistema de ley tributaria, decreto reglamentario y resoluciones administrativas conciso y consistente, que su lectura arroje una única interpretación posible de los hechos imponibles, del cálculo, forma de liquidación y pago del tributo.
Los alcances de las normas no deben quedan sujetos a la interpretación discrecional de los agentes del organismo de contralor. Solo un sistema compacto y estable provee seguridad jurídica y permite planear y proyectar, generando inversiones.
La complejidad del sistema tributario tiene cinco costos diferentes: a) el gasto tributario por exenciones y reintegros; b) los gastos de administración y fiscalización; c) los gastos de administración de los pagadores de impuestos, d) la evasión inducida por las dificultades para interpretar y cumplir las normas, y e) la corrupción generada o alentada por las complicaciones, vacíos y superposiciones del cuerpo normativo.
Universalización
Aquí también cabe el prefijo ultra. Universalizar es hacer que tributen todos -absolutamente todos- aquellos hechos unívocamente interpretables como imponibles. Si el hecho existió, sin importar el sector, actividad o área geográfica que se trate.
Universalizar es una necesidad en razón de justicia e igualdad ante la ley. Pero también lo requiere la transparencia y eficacia recaudatoria.
Los intervencionistas -siempre dispuestos a sacrificar transparencia en aras de proteger sectores que antojadizamente rotulan como “estratégicos” o “de interés nacional”- mantengan la calma: simplificar y universalizar impuestos no les priva de conceder privilegios; sólo que fuerza a hacerlo con transparencia, vía subsidios presupuestarios expresos, sin dañar la efectividad del aparato tributario.
Alícuotas diferenciales, exenciones y mecanismos de desgravación han sido las formas más comunes de promover o brindar ‘estímulos’ —o sea, prebendas. Una típica política ‘activa’ es proveer exenciones a las actividades vinculadas con el sector promovido. Al universalizar se eliminan resquicios para evadir. Nos evitamos discutir si la actividad de Fulano está exento, y en qué grado, por una dudosa contribución a la cadena de valor del sector promovido. Desaparece la doble interpretación.
El sistema tributario es como un estanque: basta un solo orificio—basta con retirar el tapón — para que se vacíe su entero contenido. La multitud de exenciones y regímenes privilegiados hacen de nuestro desquiciado régimen tributario un verdadero colador.
Transaccionalización
El sistema tributario debe basarse en gravar en forma directa e inmediata transacciones económicas concretas efectuadas en el país.
La efectividad recaudatoria requiere gravar transacciones porque es donde menos duele tributar y más fácil es determinar en forma inequívoca el monto imponible y la suma a pagar y, por consiguiente, donde más se dificulta la evasión. Tanto más hermético a la evasión si las tasas de gravamen son realmente módicas, no significativas en el precio final, de manera de incorporar el costo tributario en forma sencilla e intuitiva en la función de precios (ecuación costo-beneficio).
Los impuestos sobre transacciones (a las ventas, al valor agregado), si son universales y razonables, son neutros: como gravan todas las transacciones en la misma medida, no generan distorsiones en la economía.
Tributos progresivos no transaccionales como el impuesto a los bienes personales o a los activos son un verdadero castigo al progreso y atentan contra el ahorro y la formación de capital, desalentando el esfuerzo al gravar sus frutos.
Objeciones redistribucionistas como “vender no es lo mismo que ganar” o “gravar las transacciones es inequitativo y regresivo” son falaces. Hoy la recaudación ya depende mayormente de transacciones gravadas (véase la proporción en los ingresos totales que corresponde a IVA, derechos, impuestos internos, a los combustibles, servicios públicos, etc.), con múltiples gravámenes afectando simultáneamente las mismas operaciones.
Con un sistema sencillo y compacto no hay por qué temer en cuanto a inequidades, regresividad o descapitalización. La facilidad de cálculo hace que el contribuyente pueda incorporarlo directamente a su fórmula económica, en el pricing. Deja de ser tarea de adivinos el conocer si se ganará o perderá plata al emprender tal negocio o efectuar una determinada operación, pues el efecto impositivo queda incorporado de antemano en los costos.
Una reforma que se apoyase en los tres pilares planteados dispararía el salto de producción, recaudación, inversión y salarios reales más alto de nuestra historia.